Coches eléctricos de empresa

Dentro de una nueva conciencia ecológica, son muchas las empresas que están sustituyendo sus flotas de vehículos de combustión en coches eléctricos o híbridos enchufables. Pero ¿cuáles son las ventajas de este tipo de vehículos a la hora de utilizarlos como coches de empresa? 

El coche eléctrico como vehículo de empresa: ¿qué hay detrás?

El debate sobre la responsabilidad de las empresas en la protección del clima es cada vez más intenso. En este contexto, las inversiones en tecnologías que reducen las emisiones de CO2 se han convertido en un tema que preocupa mucho a las empresas. Está deriva hacia una política de sostenibilidad dentro de la empresa supone una profunda reestructuración de todo el modelo de negocio y la estrategia de marca. Y, por supuesto, también la reconversión de la flota de vehículos de la propia empresa y el uso exclusivo de coches de empresa con tracción eléctrica.

La movilidad eléctrica toma el volante

Hay muchas razones para utilizar los e-cars como coches de empresa. Factores como la búsqueda de una movilidad sostenible y la independencia de los precios de la energía están haciendo que las empresas se replanteen la cuestión. Pero hay otras razones que están llevando a las empresas a pensar que el momento del cambio es ahora. Tanto por el rápido desarrollo técnico de los vehículos eléctricos en términos de autonomía, consumo energético y capacidad de las baterías, como por la creciente infraestructura de estaciones de recarga en los sectores público y privado.

Por si esto fuera poco, los gobiernos también están aportando su granito de arena para propiciar el cambio a través de subvenciones y desgravaciones fiscales. Como resultado, los costes de explotación de una flota de coches eléctricos son, en algunos casos, más bajos que los de flotas similares de coches con sistemas de propulsión convencionales.

Coche eléctrico e híbrido enchufable: diferencias en los beneficios fiscales

Los vehículos cedidos para uso particular de los empleados se computan como retribución en especie por el 20% del valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo. En el caso de utilización mixta para uso empresarial y particular la retribución en especie se computará aplicando el porcentaje de uso particular del vehículo sobre dicha valoración.

La valoración anterior se puede reducir cuando se trata de vehículos eficientes energéticamente en:

Un 15% cuando se trate de vehículos que, cumpliendo los límites de emisiones Euro 6, tengan emisiones oficiales de CO2 no superiores a 120 g/km y un valor de mercado (del vehículo nuevo antes de impuestos) no superior a 25.000 euros.

Un 20% cuando, adicionalmente, se trate de vehículos híbridos o propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogas-GLP y gas natural) siempre que el valor de mercado (del vehículo nuevo antes de impuestos) no sea superior a 35.000 euros.

Un 30% cuando se trate de cualquiera de las siguientes categorías de vehículos: vehículo eléctrico de batería (BEV); vehículo eléctrico de autonomía extendida (E-REV); o vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 15 kilómetros siempre que el valor de mercado (del vehículo nuevo antes de impuestos) no sea superior a 40.000 euros.

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